El objetivo central de esta medida es «romper barreras burocráticas» y reconocer la realidad de miles de personas que ya viven y trabajan en el país, pero carecen de papeles.
1. ¿Quiénes pueden beneficiarse?
Para acceder a la regularización, los solicitantes deben cumplir tres pilares básicos:
- Permanencia: Haber estado en España (o ser solicitante de asilo) antes del 31 de diciembre de 2025.
- Tiempo mínimo: Acreditar una estancia de al menos cinco meses en el país.
- Conducta: No tener antecedentes penales ni representar una amenaza para el orden público.
2. ¿Cómo acreditar la estancia?
A diferencia de procesos anteriores, esta vez se aceptará una gama más amplia de pruebas para facilitar el trámite a quienes no tienen contratos oficiales:
- Documentos tradicionales: Empadronamiento, citas médicas o contratos de alquiler.
- Pruebas alternativas: Certificados de asistencia a servicios sociales y, fundamentalmente, justificantes de envío de remesas.
3. Beneficios inmediatos y plazos
El proceso está diseñado para ser ágil y proteger al solicitante desde el primer momento:
- Protección frente a la expulsión: Al presentar la solicitud, se suspenden automáticamente las órdenes de retorno o expulsión administrativa.
- Permiso de trabajo rápido: Tras 15 días de admitirse el trámite, el solicitante puede trabajar legalmente.
- Vigencia: El Estado otorga una residencia de un año (ampliable a ordinaria después) y cinco años para hijos menores.
- Calendario: Las solicitudes podrán presentarse desde principios de abril hasta finales de junio.


